TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
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En determinadas categorías y procesos del sitio se podrá solicitar que el usuario proporcione información personal cuando interactúe en algunas categorías de la web. En este acto, el usuario manifiesta y garantiza que toda la información entregada es fidedigna. Si resulta no ser fidedigna, el usuario asume la responsabilidad ante quienes corresponda.
ABONADOS
La credencial de ABONADO 2020 es personal e intransferible. El titular de la suscripción será responsable ante todo evento y/o manipulaciones indebidas. La credencial sera enviada por via electronica al abonado.
El abono considera los partidos que Unión La Calera juegue como local en las competiciones oficiales en las que participe: Campeonato Nacional AFP PlanVital 2020, Copa Chile MTS 2020 (hasta cuartos de final inclusive). El abono no incluye partidos amistosos. El número de partidos a disputarse será dispuesto por las organizaciones respectivas de cada torneo. El abono no asegura ni garantiza un número mínimo de partidos.
El ABONADO deberá portar unicamente su cédula de identidad vigente para acceder a cualquiera de los beneficios por ser ABONADO 2020, siendo sólo el titular quien podrá acceder a los beneficios existentes. La credencial sin su cedula de identidad no dara derecho al ingreso al estadio; siendo la cedula de identidad el unico documento valido para el ingreso al estadio.
El ABONADO es responsable de mantener y actualizar regularmente sus datos y avisar a Unión La Calera cualquier cambio en ellos.
En caso de SUSPENSIÓN de un encuentro deportivo por motivos de violencia al interior del estadio, ya sea por hechos de los propios simpatizantes de Unión La Calera o de la hinchada visitante, se exime a Deportes Unión La Calera SADP de toda responsabilidad y se asume que en dichos eventos en que se sancionará a Unión La Calera a disputar un partido o partidos sin público, ni siquiera con la presencia de ABONADOS 2020, por medio de la aceptación del presente documento, los ABONADOS 2020 reconocen que dicha sanción escapa a la administración y control de Deportes Unión La Calera SADP, eximiéndolo de toda responsabilidad y renunciando expresamente a todas las acciones legales a que tuvieren derecho.
Asimismo, los ABONADOS 2020 declaran que Deportes Unión La Calera SADP queda eximido de cualquier tipo de responsabilidad derivada de la decisión suspender partidos determinada por cualquier autoridad, pública o privada, incluyéndose especialmente las decisiones de la ANFP y/o CONMEBOL. Si existe reprogramación del partido y no existen restricciones de asistencia, el ABONADO 2020 podrá ingresar con su cédula de identidad de tener una entrada válida. Deportes Unión La Calera SADP no se hace responsable de los costos adicionales por asistir en la fecha reprogramada.
En caso de existir un cambio de estadio para la localía de Unión La Calera en cualquiera de los torneos comprendidos en el abono, ya sea por disposición del ente organizador del torneo en cuestión y por el motivo que ellos estimen pertinente, o por orden de cualquier ente gubernamental, regional o de seguridad pública, Deportes Unión La Calera SADP se reserva el derecho a emitir entradas que correspondan a una ubicación y sector equivalentes, según criterio de Deportes Unión La Calera SADP. En el caso de los abonos numerados, no se garantiza que al ticket se le pueda dar una numeración específica. Deportes Unión La Calera SADP no se hace responsable de los costos adicionales por asistir al estadio designado.
En virtud de lo anterior, el ABONADO 2020 declara y acepta que en caso de suspensión de un partido o sanción de que los partidos deban disputarse sin público, no tendrá derecho a resarcimiento o indemnización alguna por constituir un hecho o acto de fuerza mayor para Deportes Unión La Calera SADP.
Si por algún motivo el titular de la suscripción o abono está o se viere involucrado en un acto de violencia y es sancionado bajo los artículos y penas señaladas en la Ley N° 19.327 de Violencia en los Estadios, siendo sancionado con cualquiera de aquellas penas o con la prohibición de asistir al estadio, tampoco tendrá derecho a indemnización o compensación monetaria de parte o de la totalidad de su membrecía, independiente de la cantidad de fechas o partidos que quedasen por disputarse.
En lo referente a la duración de las suscripciones de ABONADOS 2020, se deja expresa constancia que es de su exclusiva responsabilidad tener al día los pagos de su suscripción para ejercer los derechos correspondientes a su condición.
FORMAS DE PAGO ABONOS
El pago se realiza solo mediante la plataforma Webpay Plus para la cual es necesario tener una Tarjeta Débito o Crédito de los bancos asociados. No se aceptan transferencias electrónicas u otro tipo de método de pago en el sitio. El pago mediante Tarjeta de Crédito permite hasta 6 cuotas sin interés.
El pago del abono en la tienda oficial de Unión La Calera será al contado exclusivamente.
El pago en cuotas o con hasta 3 cheques se puede realizar única y exclusivamente en la tienda oficial del Unión La Calera.
No se aceptan transferencias electrónicas u otro tipo de métodos de pago que no sean los indicados anteriormente. Deportes Unión La Calera SADP se reserva el derecho de disponer o restringir las plataformas o métodos de pago.
REEMBOLSOS
Los reembolsos demoran hasta 30 días hábiles desde el momento en que el comprador solicita la devolución a Deportes Unión La Calera SADP.
El método de devolución dependerá exclusivamente cómo el comprador haya pagado su abono, es decir, si el pago fue realizado por medio de Tarjetas de Crédito, se le realizará la reversa del cobro vía Web Pay plus, en cambio si fue a través de Débito, se le reembolsará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada al momento de gestionar el reembolso.
REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA ESTADIO MUNICIPAL NICOLÁS CHAHUÁN NAZAR
El presente Reglamento tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 19.327 y en el artículo 78 de su Reglamento, y establece las obligaciones o condiciones que deben cumplir quienes asistan a los espectáculos deportivos organizados por Deportes Unión La Calera SADP.
Las obligaciones o condiciones son las siguientes:
1) Podrán ingresar aquellas personas que cuenten con una entrada correctamente asignada, credencial ABONADO 2020 vigente o una acreditación válidamente emitida, con su documento de identificación y que no se encuentren sujetas a la prohibición de asistir a espectáculos de fútbol profesional o al Estadio Municipal Nicolás Chahuán Nazar.
2) Todo documento o credencial de acceso al estadio que contemple a criterio del club indicios de falsificación o manipulación indebida, podrá ser requisada en el momento en que se estime necesario para iniciar las correspondientes investigaciones.
3) No podrán ingresar aquellas personas con las cuales Deportes Unión La Calera SADP haya hecho valer su derecho de admisión, según se establece en el “Protocolo de Ejercicio del Derecho de Admisión ANFP”.
4) Al ingreso las personas podrán ser sometidas a controles y registros por los guardias de seguridad del estadio o Carabineros de Chile. La persona que se oponga y no permita ser registrado, no podrá acceder al recinto deportivo.
5) Los asistentes a un espectáculo de fútbol profesional, por motivos de seguridad para el espectáculo y sus asistentes, podrán ser fotografiadas o filmados en los alrededores o al interior del recinto deportivo. Dichas fotografías y filmaciones podrán ser utilizadas como medios de prueba en un proceso judicial o infraccional, según sea el caso.
6) No se permitirá el ingreso de menores de 14 años sin la compañía de un adulto responsable.
7) Se prohíbe expresamente a todo asistente la violencia, racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Las causas que impedirán el acceso o permanencia en el recinto deportivo serán las siguientes:
- Falsificar entradas; revender entradas falsificadas; revender entradas legítimas a un precio superior al precio normal establecido por el organizador; utilizar un documento de identificación adulterado; cometer suplantación de identidad.
- Ingresar indebidamente al recinto ocupando formas o vías no dispuestas por el Deportes Unión La Calera SADP o el administrador del recinto deportivo, o irrumpir sin autorización en el terreno de juego del recinto deportivo o del campo de entrenamiento, o cualquier otra zona del recinto deportivo cuyo acceso no sea de libre acceso público.
- No hacer uso de las localidades y ubicación que indique la entrada asignada o credencial de ABONADO 2020 correspondiente. Deportes Unión La Calera SADP podrá solicitar el abandono del recinto a asistentes de la hinchada visitante que no se encuentren en la tribuna asignada para dicha parcialidad.
- Participar en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos.
- Portar, introducir al recinto o utilizar cualquier tipo de armas de fuego, armas blancas o cualquier otro elemento cortante, punzante u objetos similares para causar daños a terceros y/o a la propiedad u objetos susceptibles de ser utilizados como proyectiles.
- Introducir o intentar introducir extintores, piedras, palos, bengalas, artificios pirotécnicos, petardos, explosivos, productos inflamables, fumíferos, corrosivos u otros similares al recinto.
- Introducir o intentar introducir bombos, punteros láser, lienzos o banderas cuya superficie sea superior a 1 por 1,2 metros, o cualquier otro elemento que, por su naturaleza, dimensión o características, pudiese afectar la visión de los asistentes o la seguridad de éstos ante cualquier evacuación, o pudieren ser utilizados para provocar lesiones, daños, alterar la normalidad del espectáculo, entorpecer las vías de evacuación o dificultar la fiscalización al interior del recinto.
- Introducir animales al recinto, con excepción de animales de asistencia.
- Encontrarse bajo la influencia del alcohol, sustancias estupefacientes, psicotrópicas, estimulantes u otras sustancias prohibidas, o en estado de ebriedad.
- Introducir o intentar introducir cualquier clase de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas, estimulantes u otras sustancias prohibidas al recinto.
- Irrumpir en el terreno de juego o su área contigua sin el debido permiso de la autoridad respectiva o sin que existiere una justificación razonable.
- Subir o intentar subir a estructuras e instalaciones no destinadas al uso general, en especial, a barreras, rejas, muros, cornisas, postes de luz, plataformas de cámaras, árboles, mástiles de cualquier tipo y tejados.
- Arrojar o lanzar objetos o adoptar actitudes que provoquen lesiones, daños o alteren la normalidad del espectáculo y, en general, ejecutar cualquier conducta que ponga en peligro la seguridad y tranquilidad del desarrollo del espectáculo o que lo interrumpan o retrasen su inicio.
- Provocar o intentar provocar incendios, encender o lanzar artificios pirotécnicos, bengalas u otros objetos que produzcan un efecto similar.
- Ingresar o intentar ingresar a los sectores correspondientes al equipo rival, para el caso de sectores habilitados que correspondan a público local o visitante.
- Encontrarse impedido de asistir a espectáculos de fútbol profesional por prohibición judicial o administrativa, o debido al ejercicio del derecho de admisión, según lo establecido en la Ley19.327.
- Cometer alguno de los delitos o infracciones contemplados en la Ley 19.327.
- Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señas con mensajes que inciten a la violencia o amenacen, insulten por razones raciales o étnicas, religiosas o convicciones, discapacidad, sexo, u orientación sexual o promover, incitar o incentivar a la violencia mediante, gritos, insultos, u otras formas en contra de los jugadores, miembros del cuerpo técnico, dirigentes, autoridades o asistentes.
Deportes Unión La Calera SADP podrá terminar anticipadamente el presente contrato en aquellos casos en que se detecte un incumplimiento al presente Reglamento.
DERECHO DE ADMISION
Según lo establecido en el artículo 3° letra e) de la Ley 19.327 sobre Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional, el Club se reserva el derecho de admisión y permanencia en el espectáculo de fútbol profesional que corresponde a los organizadores, en este caso concreto a Deportes Unión La Calera SADP.
En virtud de lo anterior, Unión La Calera podrá determinar unilateralmente ejercer el derecho de admisión en contra de quienes hayan vulnerado la Ley 19.327 y su reglamento, el presente instrumento, o que cometan actos que inciten a la violencia al interior del Estadio Municipal Nicolás Chahuán Nazar.
El asistente que incumpla las normas señaladas en el presente reglamento podrá ser desalojado o puesto a disposición de Carabineros de Chile para proceder de conformidad a las leyes vigentes. Si fuese ABONADO, Unión La Calera tendrá la facultad y derecho unilateral a cancelar y caducar su suscripción, sin devolución del saldo de éste.
PRIVACIDAD
En conformidad a las leyes para la protección de los datos personales, Unión La Calera garantiza que sus datos personales se manejarán con estricta confidencialidad y en ningún momento serán vendidos a ninguna entidad. El usuario autoriza desde ya entregar a Deportes Unión La Calera SADP los datos ingresados para ser utilizados en programas de fidelización, como también para la comunicación sobre futuros eventos, productos y promociones, sin perjuicio del derecho que le asiste al consumidor de pedir la suspensión de la misma acorde al artículo 28B de la Ley 19.496. A su vez el usuario manifiesta y garantiza que toda la información entregada es fidedigna.